De acuerdo al decreto 191/04,
del 11 de julio del 2014, se extiende el plazo de los beneficios para los
turistas no residentes, hasta el 31 de julio del 2015.
Devolución del IVA sobre servicios turísticos prestados a
personas físicas no residentes hasta el31 de julio del 2015, abonados
mediante tarjetas de débito o crédito (no corporativas) emitidas en el
exterior. En el ticket emitido por POS, deberá figurar el descuento
correspondiente.
Los servicios comprendidos son:
Servicios gastronómicos, cuando sean
prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones
de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias
turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de
campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el
concepto de hospedaje.
Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos.
Servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior.
Arrendamientos de vehículos sin chofer.
Devolución del
10,5% del precio del arrendamiento de inmuebles con fines turísticos a
arrendatarios que sean personas físicas no residentes, siempre que el
arrendamiento se realice en Inmobiliarias registradas y el medio de pago
utilizado, sea tarjeta de débito o crédito (no corporativas) emitidas en el
exterior. Esta devolución operará hasta el 31 de julio del 2015. La
empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el
descuento que figure en el ticket emitido por el POS.
Otros beneficios
para los turistas:
Régimen de Tax Free
Para compras realizadas en comercios
adheridos al sistema, cumpliendo el trámite correspondiente en el momento de la
compra y en tanto el egreso del país se produzca a través de alguno de los
siguientes pasos de frontera: Aeropuerto Internacional de Carrasco, Aeropuerto
de Laguna del Sauce, Puerto de Montevideo, Puerto de Colonia, Terminal de
Arribos de Cruceros de Punta del Este, Puente Salto – Concordia, Puente
Paysandú – Colón y Puente Fray Bentos – Puerto Unzué. Al momento de dejar el
país, deberá completarse el trámite correspondiente para el reintegro, en los
puestos debidamente identificados.
IVA cero en Hoteles
Beneficio válido para extranjeros
presentando documento de identidad emitido en el exterior. Al estar
exonerado, este consumo se factura sin IVA. Por lo tanto el impuesto no se
cobra, no generando devolución.
Los peajes
Se pueden pagar en Pesos Uruguayos,
Pesos Argentinos, Reales o Dólares.
Nota:
A partir del 1° de agosto del 2014, el gobierno uruguayo decretó la rebaja de 4
puntos de IVA, en todas las compras con tarjeta de débito y de 2 puntos del
IVA, con las compras realizadas con tarjeta de crédito. Este descuento, no es
acumulable con los beneficios detallados anteriormente.Fonte: financeira
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